La UNT defendió la elección en Psicología y pidió a la Justicia que rechace la impugnación opositora

La Universidad sostuvo ante la Cámara Federal que el proceso electoral fue legal y que el recurso presentado por los candidatos opositores pretende desconocer actos administrativos firmes y etapas ya concluidas.
ActualidadHace 4 horasRedacción SLCRedacción SLC
facultad de psicología unt

La Universidad Nacional de Tucumán (UNT) solicitó a la Cámara Federal de Apelaciones que rechace el recurso presentado por los candidatos opositores Anabel Nayle Murhell y Adrián Eduardo Chirre contra la elección de las autoridades de la Facultad de Psicología. En una extensa presentación, la casa de estudios defendió la legalidad del proceso electoral y afirmó que el planteo carece de sustento jurídico al haber sido promovido una vez finalizado el cronograma de los comicios.

El escrito, firmado por el apoderado de la UNT, Jorge Chehín, sostiene que la impugnación pretende desconocer "actos administrativos firmes, etapas precluidas y situaciones jurídicas consolidadas". Según la Universidad, la elección que consagró a Silvia López de Martín como decana y a Claudia Paola Coronel como vicedecana cumplió con todas las disposiciones estatutarias y reglamentarias vigentes.

La controversia se enmarca en la judicialización de las elecciones universitarias iniciada tras el conflicto por la candidatura del rector Sergio Pagani para un nuevo mandato. A partir de aquella causa, impulsada por los entonces decanos Miguel Ángel Cabrera y Virginia Sara Luz Abdala, la Cámara Federal suspendió cautelarmente la postulación de Pagani y abrió un debate sobre los límites de las reelecciones dentro de la universidad.

En ese contexto, Murhell y Chirre cuestionaron la elección de las autoridades de la Facultad de Psicología. Primero presentaron una impugnación ante la Junta Electoral de la UNT, que fue rechazada, y posteriormente recurrieron a la Cámara Federal con el objetivo de obtener la nulidad de las actuaciones y la revocación de la resolución que desestimó su planteo.

La Universidad argumentó que la presentación fue realizada cuando el cronograma electoral ya había concluido, por lo que la Junta Electoral carecía de facultades para suspender la asunción de autoridades que ya habían sido proclamadas. En ese sentido, sostuvo que pretender una medida de esas características desconocía principios como la preclusión, la buena fe y la seguridad jurídica.

La contestación también remarca que la proclamación y puesta en funciones de las autoridades consolidó situaciones jurídicas que no podían ser modificadas por el órgano electoral. En ese marco, la UNT sostuvo que los actos administrativos mantienen plena vigencia, gozan de presunción de legitimidad y ejecutoriedad, y que las actuales autoridades ejercen regularmente las competencias propias de sus cargos.

Otro de los ejes de la defensa apunta a que la resolución cuestionada no tuvo como finalidad resolver sobre la elegibilidad de las candidatas oficialistas. Según explicó la Universidad, el acto administrativo se limitó a rechazar una presentación considerada extemporánea, teniendo en cuenta que las etapas del proceso electoral ya habían concluido y que los propios impugnantes habían consentido previamente la candidatura que luego cuestionaron.

La UNT también rechazó los cuestionamientos sobre la actuación de la Junta Electoral al afirmar que el organismo actuó dentro de las atribuciones conferidas por el Estatuto y el Régimen Electoral. En ese sentido, sostuvo que no puede atribuirse un exceso de competencia a un órgano que precisamente fundamentó su decisión en la falta de competencia para resolver lo solicitado.

Además, la presentación cuestiona la conducta procesal de los actores al señalar que conocían desde el inicio la integración de la fórmula oficialista, participaron de todas las etapas del proceso y recién formularon objeciones una vez conocido el resultado de la elección. Para la Universidad, ese comportamiento demuestra que el recurso responde a una disconformidad con el desenlace electoral y no a una irregularidad del procedimiento.

Finalmente, la UNT rechazó el intento de extender a la elección de la Facultad de Psicología los efectos de la medida cautelar dictada en el expediente vinculado a la candidatura de Sergio Pagani. En su conclusión, solicitó a la Cámara Federal que desestime íntegramente el recurso, con costas, al considerar que hacer lugar al planteo implicaría afectar la estabilidad de los actos administrativos, vulnerar la seguridad jurídica y sustituir la voluntad expresada por la comunidad universitaria en las urnas. Mientras el tribunal analiza los argumentos de las partes, el expediente se suma a la serie de litigios derivados del conflicto institucional que atraviesa la Universidad Nacional de Tucumán.

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