
Una presunta irregularidad en la transferencia de acciones complica la sucesión de los dueños de Luz Médica
Redacción SLC
La disputa judicial por la herencia del empresario Julio Ernesto Luna sumó un nuevo capítulo que podría tener un impacto decisivo sobre el futuro del sanatorio Luz Médica, uno de los principales prestadores de servicios de salud para afiliados del PAMI en Tucumán durante años. La controversia ya no se limita únicamente al reparto de bienes entre herederos, sino que ahora se centra en la legitimidad de una transferencia de acciones que resulta clave para determinar quién controla el establecimiento.
La novedad surgió a partir de información remitida por Aerolíneas Argentinas al Juzgado Civil en Familia y Sucesiones de la III Nominación, donde se tramita la sucesión de Julio Ernesto Luna y Mercedes Graciela Haro. Según los registros aportados por la compañía aérea, ambos viajaron desde Tucumán hacia San Carlos de Bariloche el 9 de abril de 2019 y regresaron recién el 14 de ese mes.
Ese dato cobró especial relevancia porque una escritura pública incorporada al expediente sostiene que el 10 de abril de 2019 la pareja se presentó ante un escribano en San Miguel de Tucumán para concretar la cesión de 150.000 acciones de Builder and Design S.A., la firma propietaria del inmueble donde funciona el sanatorio. La aparente incompatibilidad entre los registros de viaje y el contenido del documento se convirtió en uno de los principales focos de análisis judicial.
A raíz de esta situación se promovió una acción de redargución de falsedad, un procedimiento destinado a determinar si el instrumento público refleja hechos verdaderos o si contiene datos inexactos. La definición de este planteo podría modificar sustancialmente el alcance del patrimonio sucesorio.
Si la Justicia concluye que la transferencia carece de validez, las acciones volverían a integrar el patrimonio de los fallecidos y pasarían a formar parte de la herencia que deberá repartirse entre los sucesores. En cambio, si la cesión es considerada legítima, una porción significativa de esos bienes quedaría fuera del proceso sucesorio.
El expediente incorpora además otro elemento que alimentó las sospechas. Mientras el acta notarial sitúa la firma de la operación en Tucumán, el contrato alude a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires como lugar de celebración del acuerdo. Esa diferencia generó nuevos interrogantes sobre las circunstancias en las que se habría realizado la transferencia.
La investigación también puso bajo la lupa la documentación societaria vinculada a las empresas involucradas. Según consta en la causa, durante casi tres años los peritos, interventores y el propio tribunal solicitaron la presentación de libros societarios y del contrato original relacionado con la operación cuestionada. Sin embargo, esos documentos no habrían sido exhibidos de manera completa pese a múltiples requerimientos judiciales.
Incluso un perito calígrafo dejó asentado en el expediente que no pudo desarrollar su tarea debido a que nunca tuvo acceso al original del documento cuya autenticidad debía analizar. Esa situación quedó reflejada en distintas actuaciones incorporadas al proceso.
La importancia de la disputa radica en que detrás de las acciones cuestionadas se encuentra el control de un complejo sanitario de alto valor económico. Tanto Luz Médica S.A. como Builder and Design S.A. forman parte de los principales activos incluidos en la sucesión, por lo que cualquier resolución judicial tendrá consecuencias directas sobre la administración y el manejo futuro del establecimiento.
Paralelamente, la Justicia avanza en otra línea de investigación destinada a determinar cómo continúa operando la actividad médica vinculada al sanatorio. En ese contexto, se analizan las relaciones entre distintas sociedades, entre ellas Luz Médica S.A., Sinatrix S.A.S. y Magen David Adom Healthcare S.A.S., todas relacionadas con prestaciones y facturación vinculadas al PAMI.
Los oficios remitidos a organismos nacionales y provinciales buscan establecer quién ocupa actualmente el inmueble, quién percibe los ingresos derivados de las prestaciones médicas y si existe una estructura societaria utilizada para mantener la explotación del establecimiento a través de distintas razones sociales.
Según surge de las actuaciones, el centro asistencial habría comenzado a funcionar bajo la denominación de "Sanatorio Marcos Paz", aunque manteniendo la misma infraestructura física. Una de las partes sostiene además que detrás de la nueva denominación continuarían operando actores vinculados a la estructura anterior, una situación que también forma parte de los aspectos que la Justicia intenta esclarecer.
Mientras avanzan las investigaciones, el expediente se transformó en mucho más que una discusión sucesoria. Las decisiones que adopte el tribunal no solo definirán el destino de una importante herencia, sino también quiénes tendrán el control de uno de los establecimientos de salud privados más relevantes de la provincia.




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