La Justicia Electoral le pidió al Congreso que defina las reglas electorales antes del año electoral

La Cámara Nacional Electoral advirtió que las eventuales reformas al régimen electoral, los partidos y el financiamiento de campañas deben sancionarse con suficiente anticipación para garantizar la previsibilidad y organización de los próximos comicios.
PolíticaHace 1 díaRedacción SLCRedacción SLC

 

Urna

La Cámara Nacional Electoral lanzó una fuerte advertencia al Congreso por los tiempos para modificar las reglas que regirán las próximas elecciones. A través de la Acordada Extraordinaria 155, el tribunal reclamó que cualquier reforma al régimen electoral, a los partidos políticos o al financiamiento de las campañas sea definida con suficiente anticipación para permitir una adecuada organización de los comicios.

El documento fue firmado este martes por los jueces Alberto Ricardo Dalla Via, Santiago Hernán Corcuera y Daniel Bejas, quienes pusieron el foco en la necesidad de preservar la estabilidad de las normas electorales y evitar que cambios de fondo sean aprobados demasiado cerca del inicio del proceso electoral.

Los magistrados recordaron que el Estado tiene la responsabilidad de garantizar el ejercicio efectivo del derecho al sufragio y que la Justicia Electoral debe disponer del tiempo necesario para adaptar su estructura y procedimientos ante eventuales modificaciones legislativas. “El Estado tiene el deber de disponer los medios para garantizar adecuadamente el ejercicio efectivo del sufragio”, señalaron.

En esa misma línea, la Cámara recordó que entre sus funciones se encuentra “resguardar la efectiva vigencia del principio democrático de la representación popular”. Por ese motivo, consideró necesario advertir a las autoridades políticas sobre los plazos que demanda la implementación de cualquier cambio en las reglas electorales.

La Cámara señaló que actualmente existen distintos proyectos en el Congreso que se encuentran en condiciones de ser tratados y que algunos de ellos contemplan modificaciones de considerable alcance. “Existen en el Congreso de la Nación, en condiciones de ser tratados, diversos proyectos de modificación del régimen electoral y de los partidos políticos -muchos de los cuales prevén reformas significativas con desafíos ciertos de implementación-”, indicaron los jueces.

Ante ese escenario, el tribunal consideró “prudente y necesario” comunicar sus observaciones al Poder Legislativo. En la acordada, resolvió transmitir el planteo al Congreso y remarcar “la conveniencia de que el eventual tratamiento y sanción de las iniciativas de reforma al régimen electoral, de partidos políticos o de financiamiento de campañas electorales observe los estándares internacionales de anticipación”.

El objetivo es, según precisaron, “resguardar la previsibilidad y la integridad del proceso electoral venidero”. La Cámara pidió además que las eventuales modificaciones cuenten con “el plazo razonable requerido, antes del inicio del año electoral, para la adecuada y efectiva aplicación de las reformas”.

Para fundamentar su posición, el tribunal recurrió a recomendaciones internacionales sobre estabilidad y seguridad jurídica en materia electoral. Entre ellas citó el Manual para la Observación de Sistemas de Justicia Electoral de la Organización de Estados Americanos (OEA), que establece como referencia que las modificaciones deberían realizarse idealmente entre seis y tres meses antes del inicio formal del proceso electoral.

La acordada también menciona el Código de Buenas Prácticas en Materia Electoral de la Comisión de Venecia, que sostiene que “los elementos fundamentales del derecho electoral […] no deberían ser modificables menos de un año antes de una elección”.

La advertencia no responde únicamente a una cuestión jurídica. Los jueces señalaron que el calendario electoral está compuesto por una serie de plazos que, en numerosos casos, son perentorios e improrrogables, por lo que una modificación tardía puede generar dificultades concretas para la preparación de los comicios.

Una reforma puede obligar, por ejemplo, a modificar las categorías de cargos que serán elegidos, los requisitos para que los partidos adquieran o conserven su personalidad jurídico-política, los mecanismos de selección de candidatos, el instrumento de votación y las normas relacionadas con el control del financiamiento partidario. “Cualquiera de ellas, en efecto, supone llevar adelante una multiplicidad de adecuaciones complejas que requieren un despliegue temporal con razonable antelación al acto de votación”, advirtieron los magistrados.

La Cámara remarcó que la Justicia Electoral necesita tiempo para adecuar los procedimientos, capacitar y organizar las distintas etapas del proceso y coordinar la implementación de las nuevas normas con los juzgados federales electorales de todo el país.

Con la Acordada Extraordinaria 155, el máximo tribunal electoral del país dejó planteada así una advertencia institucional al Congreso: si finalmente se impulsan cambios de fondo en las reglas de juego electorales, deberán ser aprobados con la suficiente antelación para evitar que las modificaciones afecten la previsibilidad, la organización y la integridad de los próximos comicios.

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