
Reelección de Jaldo en 2027: la Corte pidió la opinión del procurador sobre la demanda contra el artículo 90
Redacción SLC
La disputa judicial por la interpretación del artículo 90 de la Constitución de Tucumán sumó un nuevo paso. La Secretaría de Juicios Originarios de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) solicitó a la Procuración General que se expida sobre la competencia del máximo tribunal para intervenir en la demanda presentada por sectores de la oposición, un planteo que podría incidir en las aspiraciones reeleccionistas del gobernador Osvaldo Jaldo para los comicios del 9 de mayo de 2027.
Según informó La Gaceta, el procurador general interino, Eduardo Casal, deberá analizar si corresponde que la Corte trate de manera originaria la acción declarativa de inconstitucionalidad impulsada por Cambia Tucumán, Fuerza Republicana, CREO y PRO. La presentación, patrocinada por el abogado Marcelo Giullitti Oliva, cuestiona el alcance de la cláusula constitucional que regula la continuidad en los dos principales cargos del Poder Ejecutivo provincial.
Según el registro del Poder Judicial de la Nación, el expediente fue remitido a la Procuración al mediodía de este martes. El dictamen que emita Casal no será vinculante para los jueces de la Corte, aunque su opinión constituye un antecedente técnico que el tribunal suele considerar al resolver este tipo de planteos.
Desde la Gobernación señalaron que respetarán los tiempos de la Justicia y encuadraron la presentación dentro de los distintos juicios que enfrenta el Estado provincial. De todos modos, fuentes oficiales manifestaron su confianza en que la demanda será rechazada.
La acción judicial apunta contra el artículo 90 de la Constitución tucumana, que establece que el gobernador y el vicegobernador duran cuatro años en sus funciones y pueden ser reelectos por un período consecutivo. El texto también contempla que quien haya cumplido dos mandatos consecutivos como vicegobernador pueda postularse para gobernador y ser reelecto por otro período consecutivo.
La oposición considera que esa disposición permite acumular hasta 16 años consecutivos en los dos cargos de mayor jerarquía del Ejecutivo. En su presentación, sostiene que el segundo párrafo de la norma habilita ejercer dos períodos como vicegobernador y, luego, otros dos como gobernador, lo que, a su criterio, posibilita una permanencia prolongada e ininterrumpida en el poder.
Los partidos también señalaron que el vicegobernador puede asumir el ejercicio efectivo de las atribuciones del gobernador durante el mandato para el que fue elegido. Como antecedente, mencionaron el período comprendido entre septiembre de 2021 y febrero de 2023, cuando Jaldo quedó a cargo del Poder Ejecutivo mientras Juan Manzur se desempeñaba como jefe de Gabinete de la Nación.
Aunque la demanda no fue presentada directamente contra el actual mandatario, sus argumentos podrían afectar la posibilidad de que Jaldo busque un nuevo mandato y permanezca en la Casa de Gobierno hasta 2031, tal como anticipó. El gobernador rechazó la iniciativa opositora y consideró que apunta a excluirlo de la competencia electoral.
“Quieren sacar de la cancha a un candidato”, afirmó. También defendió la redacción de la Constitución y sostuvo que los 16 años mencionados por los demandantes corresponden al ejercicio de dos cargos diferentes. “Cuando hablan de 16 años hablan de ocho años de vicegobernador y ocho de gobernador. No sé con qué intención toman los 16 años cuando son diferentes cargos. El vicegobernador tiene responsabilidades y facultades diferentes al gobernador”, expresó.
Jaldo fue más allá y sostuvo que, aunque el planteo cuestiona formalmente el artículo 90, estaría dirigido a su situación particular. “Si bien se ataca el artículo 90, va dirigido a una sola persona. Estos sectores de la oposición que firmaron ya saben qué espacio político va a ganar el 9 de mayo, ya saben quién va a continuar gobernando la provincia de Tucumán. Si no, no hay otra explicación de este tipo de presentación sin ningún tipo de sustento”, manifestó.
La fiscal de Estado, Gilda Pedicone, también defendió la constitucionalidad de la cláusula y aseguró que su redacción habilita a Jaldo a presentarse en las próximas elecciones. Para la funcionaria, la Provincia tiene la obligación de sostener la autonomía institucional y defender el texto aprobado por la Convención Constituyente.
“Defender esta causa no es una opción, es una obligación. Como fiscal de Estado tengo que ponerme a defender la autonomía provincial que significa una Constitución dictada por sus autoridades, una Convención Constituyente que aprobó un texto dentro del cual el artículo 90 ha sido categórico”, afirmó.
Consultada sobre la posibilidad de que la Corte Suprema falle en contra de Tucumán, Pedicone descartó ese escenario. “No hay ningún escenario posible”, respondió, y argumentó que el máximo tribunal no puede dejar a la provincia con una cláusula constitucional inaplicable o derogada.
La fiscal insistió en que la disposición no presenta ambigüedades y que, por lo tanto, no admite distintas lecturas. “Los márgenes de interpretación son cero”, concluyó. Mientras tanto, el primer paso pendiente será el dictamen de Casal sobre la competencia de la Corte para intervenir en el expediente.
La remisión a la Procuración no implica que la Corte haya declarado inconstitucional el artículo 90 ni que haya definido si Jaldo podrá competir en 2027. Por ahora, el análisis de Casal se limita a determinar si el máximo tribunal tiene competencia para intervenir directamente en la demanda.




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