
La Corte Suprema rechazó el per saltum del Gobierno por la reforma laboral
Redacción SLC
La Corte Suprema de Justicia de la Nación rechazó el recurso de per saltum presentado por el Gobierno nacional para que intervenga de forma directa en la causa que analiza la validez de la Ley 27.802 de Modernización Laboral. Con esta decisión, el máximo tribunal descartó saltear las instancias intermedias del proceso judicial.
El fallo fue firmado por los jueces Horacio Rosatti, Ricardo Lorenzetti y Carlos Rosenkrantz, quienes concluyeron que no se verifican los requisitos establecidos en el Código Procesal Civil para habilitar este mecanismo excepcional. En particular, el artículo 257 prevé que el per saltum solo procede cuando existe una causa de notoria gravedad institucional, condición que el tribunal entendió que no está acreditada en este caso.
Además, la Corte consideró que el planteo del Ejecutivo resulta “inoficioso” en el contexto actual, ya que la reforma laboral se encuentra vigente. Esto se debe a que la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo revocó la medida cautelar que había suspendido parte de la ley, restituyendo su aplicación plena.
El recurso había sido presentado por la Procuración del Tesoro de la Nación el pasado 16 de abril, luego de que el titular del Juzgado Nacional del Trabajo N° 63, Raúl Horacio Ojeda, declarara la inconstitucionalidad de 83 artículos de la norma y ordenara su suspensión. En ese momento, el Gobierno solicitó que la Corte revisara de manera urgente la decisión, suspendiera sus efectos y se pronunciara de forma definitiva.
En su presentación, los abogados del Estado cuestionaron la competencia del juez de primera instancia y sostuvieron que no existía un caso judicial válido ni legitimación activa colectiva para impulsar la demanda. También pidieron que se dejara sin efecto la medida cautelar que había paralizado parte de la reforma.
La causa se originó a partir de una acción promovida por la CGT, que planteó la inconstitucionalidad de varios artículos de la ley. La central obrera argumentó que las modificaciones introducidas vulneran derechos y garantías constitucionales, como la protección del trabajo, la progresividad de los derechos sociales, la libertad sindical y el acceso a la Justicia.
Con el rechazo del per saltum, la Corte Suprema deja en pie el recorrido judicial ordinario, por lo que el expediente continuará su curso en las instancias correspondientes antes de una eventual revisión del máximo tribunal. Mientras tanto, la Ley 27.802 mantiene su vigencia en todo el país.




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