El Gobierno reglamentó las licencias médicas digitales: qué cambia para trabajadores y empleadores

La nueva normativa establece que los certificados por enfermedad deberán emitirse de manera electrónica a través de plataformas habilitadas. 
Actualidad02 de junio de 2026Redacción SLCRedacción SLC

certificado

El Gobierno nacional avanzó con la implementación de la Ley de Modernización Laboral al reglamentar una serie de cambios que impactarán de manera directa en las relaciones laborales. Entre las medidas más relevantes figura la digitalización del sistema de licencias por enfermedad, que a partir de ahora deberá gestionarse principalmente mediante certificados médicos electrónicos.

La disposición fue oficializada a través de los Decretos 407/2026, 408/2026 y 409/2026, publicados en el Boletín Oficial. Además de la creación de los Fondos de Asistencia Laboral (FAL) y de nuevos mecanismos para regularizar deudas previsionales, la normativa introduce modificaciones en los controles vinculados al ausentismo laboral por razones de salud.

Uno de los cambios centrales establece que toda prescripción médica que implique reposo laboral deberá ser emitida en formato digital. De esta manera, los certificados utilizados para justificar ausencias dejarán de depender exclusivamente de documentos físicos y pasarán a integrarse a sistemas electrónicos especialmente habilitados.

La reglamentación del artículo 210 de la Ley de Contrato de Trabajo dispone que los certificados deberán ser confeccionados por profesionales registrados en la Red Federal de Registros de Profesionales de la Salud (REFEPS). Asimismo, la emisión deberá realizarse a través de plataformas incorporadas al Registro Nacional de Plataformas Digitales Sanitarias (ReNaPDiS).

La medida busca unificar criterios de control y fortalecer los mecanismos de validación de la documentación médica presentada por los trabajadores. Según el esquema diseñado por el Poder Ejecutivo, la digitalización permitirá mejorar la trazabilidad de la información y reducir posibles irregularidades en la certificación de licencias.

Para que tengan validez legal, los certificados deberán incluir una serie de datos obligatorios. Entre ellos figuran el diagnóstico médico, el tratamiento indicado, la cantidad de días de reposo prescriptos, la emisión mediante una plataforma registrada y la firma de un profesional debidamente habilitado.

La reglamentación también contempla situaciones en las que puedan surgir diferencias entre el criterio médico aportado por el trabajador y el control dispuesto por el empleador. En esos casos, las partes podrán recurrir a juntas médicas oficiales o a instituciones públicas y privadas de reconocida trayectoria para dirimir las discrepancias y determinar la validez de la licencia.

No obstante, el nuevo sistema prevé excepciones para escenarios en los que resulte imposible emitir documentación digital. La normativa admite el uso de certificados en papel con firma ológrafa únicamente cuando existan problemas de conectividad, fallas técnicas o caídas de sistemas informáticos que puedan ser debidamente acreditadas.

Con esta reglamentación, el Gobierno formalizó un proceso de modernización que apunta a transformar la gestión de las licencias médicas en todo el país. La implementación de certificados electrónicos y plataformas oficiales marca un cambio significativo en los mecanismos de control laboral y en la forma en que trabajadores y empleadores deberán gestionar las ausencias por enfermedad.

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