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La resolución se tomó luego de una solicitud de embargo por parte de las trabajadoras del lugar.
Comunidad20/08/2025
Redacción SLC
En un reciente fallo emitido por el Juzgado del Trabajo de la IIIª Nominación del Centro Judicial Capital, el Dr. Guillermo Kutter dictó una serie de medidas cautelares en un juicio que reclamaba indemnizaciones por despidos, las cuales afectaban a un hogar de ancianos. La decisión se dio en el marco de una demanda laboral presentada por trabajadoras que solicitaban la reparación correspondiente tras la finalización de sus vínculos laborales con la institución geriátrica, propiedad de los demandados.
Sin embargo, debido a la naturaleza del caso, la medida de embargo debía ser ejecutada de manera especial para garantizar la protección de los derechos fundamentales de los adultos mayores residentes en el hogar. El fallo surgió luego de que otras medidas previas para hacer efectivo el cobro de la indemnización no tuvieran éxito.
El magistrado, en su resolución, destacó que debía balancear los derechos constitucionales de las trabajadoras y los de los residentes del hogar. El Dr. Kutter explicó que, aunque los derechos laborales de las trabajadoras tenían una "preferente tutela constitucional", también era necesario proteger los derechos de los adultos mayores, quienes no tenían vínculo alguno con el juicio.
En este sentido, el juez decidió que el embargo fuera acompañado de una serie de medidas para garantizar el respeto y la dignidad de los pacientes del hogar. Entre las medidas tomadas, se incluyó la intervención de la Dirección de Adultos Mayores de la Provincia, la aseguración de la continuidad de los servicios esenciales del hogar y la minimización del tiempo de ejecución del embargo.
Además, se destacó que no debía afectar la dignidad de los residentes y que se debía respetar su derecho a la atención integral durante todo el proceso. El Dr. Kutter justificó su decisión citando normativas, jurisprudencia y doctrina que avalan su enfoque. Resaltó que el caso representaba un “caso difícil” en el que dos derechos fundamentales de igual jerarquía se encontraban en conflicto, por lo que consideró necesario el modelo de "juez intérprete".

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