
La Justicia Federal de Tucumán ordena la restitución inmediata de pensiones a personas con discapacidad
Redacción SLC
La Justicia Federal de Tucumán dictó un fallo histórico a favor de las personas con discapacidad al ordenar la restitución inmediata de las pensiones no contributivas que habían sido suspendidas en la provincia. En su resolución, el juez José Manuel Díaz Vélez consideró que los recortes impulsados por la Agencia Nacional de Discapacidad (Andis) representaban un retroceso en derechos fundamentales, afectando gravemente a un colectivo ya de por sí vulnerado.
El fallo fue una respuesta a la medida cautelar presentada por el Defensor del Pueblo de Tucumán, Eduardo Cobos, junto con la Federación Regional de Ayuda Social al Insuficiente Mental (Frasim), quienes habían solicitado frenar la suspensión masiva de pensiones por invalidez laboral. Esta medida había sido dispuesta por la Andis y afectó a miles de beneficiarios, cuyos derechos fundamentales, según el juez, fueron vulnerados.
Díaz Vélez resolvió que la Agencia Nacional de Discapacidad debe dejar sin efecto las suspensiones de pensiones y reanudar su pago con la cobertura de salud correspondiente. Además, en los casos que correspondiera, ordenó liberar los fondos que habían quedado depositados en entidades bancarias. La decisión afecta a todos los beneficiarios de Tucumán que fueron alcanzados por las auditorías implementadas desde mediados de 2024.
El juez también advirtió que la suspensión de estos beneficios, que cumplen una función alimentaria esencial, podría ocasionar "un daño irreparable" a quienes dependen de ellos para su subsistencia. En su fallo, Díaz Vélez criticó duramente la forma en que se implementaron las suspensiones, señalando que las notificaciones fueron defectuosas, las auditorías médicas irregulares y la falta de mecanismos de defensa dejó a los afectados en una situación de extrema vulnerabilidad.
En un llamado de atención al Estado, el magistrado recordó que la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, con jerarquía constitucional en Argentina, obliga a garantizar inclusión y apoyos adecuados para este sector de la población. "Ninguna autoridad puede utilizar mecanismos administrativos para recortar, de manera automática, prestaciones que constituyen la única fuente de sustento de miles de personas y familias", concluyó el juez.




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